1. Aprobado el proyecto y previamente a la tramitación del expediente de contratación de la obra, se procederá a efectuar el replanteo del mismo, el cual consistirá en comprobar la realidad geométrica de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución, que será requisito indispensable para la adjudicación en todos los procedimientos. Asimismo se deberán comprobar cuantos supuestos figuren en el proyecto elaborado y sean básicos para el contrato a celebrar.
2. En la tramitación de los expedientes de contratación referentes a obras de infraestructuras hidráulicas, de transporte y de carreteras, se dispensará del requisito previo de disponibilidad de los terrenos, si bien la ocupación efectiva de aquéllos deberá ir precedida de la formalización del acta de ocupación.
3. En los casos de cesión de terrenos o locales por Entidades públicas, será suficiente para acreditar la disponibilidad de los terrenos, la aportación de los acuerdos de cesión y aceptación por los órganos competentes.
4. Una vez realizado el replanteo se incorporará el proyecto al expediente de contratación.
Subsección 2.ª Pliego de Cláusulas Administrativas en contratos bajo la modalidad de abono total del precio
Artículo 111.
Contenido de los pliegos de cláusulas administrativas en
los contratos de obra con abono total del precio.
En los contratos de obras en los que se estipule que la
Administración satisfará el precio mediante un único
abono efectuado en el momento de terminación de la obra,
obligándose el contratista a financiar su construcción
adelantando las cantidades necesarias hasta que se
produzca la recepción de la obra terminada, los pliegos
de cláusulas administrativas particulares deberán
incluir las condiciones específicas de la financiación,
así como, en su caso, la capitalización de sus intereses
y su liquidación, debiendo las ofertas expresar
separadamente el precio de construcción y el precio
final a pagar, a efectos de que en la valoración de las
mismas se puedan ponderar las condiciones de
financiación y la refinanciación, en su caso, de los
costes de construcción.
Sección 2.ª Actuaciones
preparatorias del contrato de concesión de obra pública


